DAÑOS POR AGUA " SEGURO DE LA COMUNIDAD"

SEGURO DE LA COMUNIDAD

Es importante a la hora de contratar un seguro de hogar, conocer las garantías que tenemos contratadas en nuestro seguro de la comunidad. 

Es habitual no contratar el seguro de continente, porque se entiende que ya esta cubierta en la póliza de la comunidad, pero si en dicho seguro los daños por agua ocasionados por tuberías privativas " es decir las propias y únicas de nuestro domicilio", no están cubiertos podemos encontrarnos que nos rechacen un siniestro de daños propios por agua.

La mayoría de las pólizas de comunidad, tienen excluidas las tuberías privativas.

 EJEMPLO: Póliza de hogar sin cobertura de continente, póliza de comunidad sin cobertura de daños por agua a tuberías privativas. Se ocasiona humedad a un vecino de abajo y la causa es un mal sellado de nuestra bañera. Si para encontrar la avería hay que picar y arreglarlo, estos daños estarían excluidos de cobertura.

Debemos contratar siempre un capital de continente aunque sea a primer riesgo para evitar encontrarnos sin cobertura y tener que pagar nosotros nuestros daños.

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DAÑOS POR AGUA



Daños por agua:

Habría que dividirlos en dos categorías, daños propios y daños a terceros.

DAÑOS PROPIOS: Son aquellos daños provocados por el agua a nuestro propio domicilio o negocio.
DAÑOS A TERCEROS: Los que debidos a una responsabilidad nuestra se ocasionan a un terceros, ocasionados por el agua.

Corr.Seg. Jose de Santiago e Hijas.
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